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NOMINA Y PRESTACIONES
SOCIALES


Segun la forma (Art. 37)
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Verbal: Se da cuando las dos partes del contrato tanto empleador como trabajador, llegan a un acuerdo oralmente, como la clase de trabajo, el lugar donde se realizara, y su remuneración.
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Escrito: Cada parte tanto empleador como trabajador debe tener una copia de contrato para que pueda servir como elemento probatorio en caso de inconveniente, este contrato debe tener: Identificación de ambas partes, lugar y fecha pactada, lugar donde se prestara el servicio, salario y forma de pago, duración.

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