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NOMINA Y PRESTACIONES
SOCIALES


Reconocimiento economico
La licencia la paga el empleador sobre 100% del salario.
Este hecho deberá demostrarse mediante documento expedido por la autoridad competente, dentro de los treinta (30) días siguientes a su ocurrencia.
Si la muerte del familiar del trabajador tiene ocurrencia durante el periodo de las vacaciones, incapacidades, permisos u otras licencias, éstas se interrumpirán y en consecuencia, el trabajador tendrá el derecho a reanudarlas, una vez finalice la licencia por luto.

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