top of page
NOMINA Y PRESTACIONES
SOCIALES


Familiares a los que aplica
​
La licencia de luto es de 5 días hábiles, los familiares a los que acoge este beneficio son:
CIVIL 1°:
1° (Cónyuge o compañero permanente)
CONSANGUINIDAD 1° Y 2°:
1° (Padres e hijos)
2° (hermanos, abuelos y nietos.)
AFINIDAD 1°:
1° (Suegros, yernos y nueras)
CIVIL 2°:
1° (hijos adoptivos y padres adoptantes)
2° (abuelos adoptantes y nietos adictivos)

bottom of page