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Clases de contratos

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  • Contrato a término fijo: Este tipo de contrato tiene una duración de un día a tres años y puede ser renovado hasta tres veces según su permanecía, el trabajador que dispone de este contrato tiene derecho a todas las prestaciones de ley, en caso de que el contrato quiera ser finalizado el trabajador tiene que avisar 30 días antes.

  • Contrato a término indefinido: Este contrato no tiene fecha de terminación, el trabajador tiene derecho a todas las prestaciones de ley, y tiene la opción de vinculación a cooperativas como beneficio.

  • Contrato por Obra y labor: Este contrato consta como lo dice su nombre solo para la realización de una labor en específico, el cual acaba en cuanto la labor llegue a su fin, este contrato no cuenta con prestaciones de ley.

  • Contrato por prestación de servicios: Este tipo de contrato está especializado para una labor en específico. La remuneración se acuerda entre ambas partes tanto empleador como trabajador, en este contrato no se le obliga a la organización a pagar prestaciones sociales.

  • Contrato de aprendizaje: Este contrato está especializado en la formación de aprendices donde el practicante recibe herramientas académicas para que el aprendiz adquiera conocimientos más profundos. Su remuneración es llamada auxilio de sostenimiento, si el practicante es universitario su remuneración tiene que ser igual a un salario mínimo, si el practicante no es universitario su remuneración será por debajo de un salario mínimo.

  • Contrato ocasional de trabajo: Este contrato no debe ser mayor a 30 días y debe ser para una labor en específica diferente a las actividades de la compañía, el trabajador recibe una remuneración acordada por él y la empresa, no tiene derecho a ningún tipo de prestación de ley.

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