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RECONOCIMIENTO ECONOMICO

¿Quién reconoce el pago de la incapacidad de enfermedad general?

De acuerdo con el Parágrafo 1° del Artículo 40 del Decreto 1406 de 1999, el cual fue modificado mediante Decreto 2943 del 17 de diciembre de 2013, estarán a cargo de la empresacorrespondiente a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general, tanto en el sector público como en el privado; y la EPS le corresponde a partir del tercer (3) día.

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